Movilidad geográfica : ¿Te puedes oponer a un traslado?
¿Qué es eso de la Movilidad Geográfica? Supongamos que un buen día llegas a tu empresa y te dicen que te trasladan a las oficinas de otra ciudad e incluso que tienes que mudarte a otro país durante unos meses. La noticia te pilla por sorpresa y como es lógico te harás las siguientes preguntas: ¿Puedes negarte? ¿Te pueden despedir si no aceptas? ¿Te pueden obligar a aceptar? ¿Puedes exigir a cambio una subida de sueldo?
Antes de exponer las alternativas, tenemos que hacer notar que algunas empresas utilizan este método como táctica para «deshacerse» de un empleado, a sabiendas de que es posible que no acepte la movilidad geográfica y así ahorrarse parte de la indemnización que les correspondería pagarle en caso despido. Pero vayamos por partes.
Expliquemos qué es la movilidad geográfica y cuáles son tus derechos frente a ella.
Lo primero hay que diferenciar, si se trata de un Traslado o de un Desplazamiento:
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Desplazamiento: La principal diferencia entre el traslado y el desplazamiento radica en la temporalidad entre ambas. Si la movilidad geográfica que te propone la empresa, no supera más de 12 meses repartidos en tres años, estaríamos hablando de Desplazamiento. No existe una normativa que especifique con cuántos días deben avisarte, pero se deberá tener en cuenta a la hora de darte tiempo suficiente para organizar el viaje, y puedas buscar alojamiento.
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Traslado: Implica necesariamente que deberás estar fuera de tu residencia habitual más de tres meses, para ocupar el nuevo puesto que te propone la empresa. En este caso, la empresa deberá acreditar razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen. Están obligados a avisarte con 5 días laborables como mínimo.
Estas son las alternativas que tienes frente a una propuesta de movilidad geográfica:
1.- Puedes acatar la decisión empresarial y manifestar tu conformidad.
Si tu empresa decide que debes ocupar un nuevo puesto en otra ciudad diferente a la que resides, debes saber que tienes derecho a una compensación retributiva por gastos, de viajes y dietas. Esta compensación se debe pactar antes de la incorporación y no debe ser inferior de lo previsto en el convenio colectivo de aplicación.
2.- Impugnar ante el Juzgado de lo Social, la movilidad geográfica.
Cuentas con un plazo de 20 días hábiles a partir de que se te notifique el traslado, para poder impugnar la decisión empresarial. El objetivo de la impugnación sería conseguir que se te mantengan las mismas condiciones laborales que tenías hasta la fecha.
Se trata de un procedimiento urgente y será el juez quien declare si la decisión está justificada o no. Para ello la empresa deberá acreditar las razones que han motivado tu desplazamiento o traslado. Si la sentencia determina injustificado el traslado, tendrías derecho a que se restituyan las anteriores condiciones de trabajo. Además deberían abonarte una cantidad en concepto de los daños y perjuicios que se hayan podido ocasionar.
3.- Rescindir el contrato de trabajo
Si decides no acatar la decisión empresarial que implica tu traslado tienes derecho, a una indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades. Para ello simplemente deberás manifestar tu decisión de rescindir el contrato por escrito.
Además es importante señalar, que si has impugnado judicialmente el traslado y la sentencia ha determinado que éste está justificado, puedes igualmente rescindir su contrato, y te correspondería la cantidad de 20 días por año trabajado de indemnización, según sentencia del Tribunal Supremo.
Si te encuentras en alguna de estas situaciones y necesitas asesoramiento legal no dudes en contactar con nuestro departamento de Derecho Laboral y analizaremos cuál es la mejor solución para tu asunto.
Buenas noches
Me llamo pablo y mis consultas son las siguientes:
A mi la empresa me trajo desde Santiago a Iquique en el año 2008.
Donde me pasaron casa pero sinno nada de papeles a mi favor y siempre trabaje con honorarios a la empresa,desde 2008 hasta el año 2014 yo les pedí contrato cosa que nunca me lo hicieron sólo fue palabras tras palabra y escusas que siempre me dieron aca no tengo familia y nada yo trabajaba allá en Santiago con ellos lo que me molesta nunca y me duele que digan que yo me tomé la casa cosa que no es así lleve años trabajando con ellos y ahora hacen que no me conocen aparte de arreglAr las casas tenía que ser de guardia en las noches y eso lo hice por varios años nunca tomé vacaciones porque no podía dejar sólo aca.
Al estar aquí tuve que tener gente que trabajaba conmigo y en unas de esas oportunidades me violaron a mi hija.
Ahora me llega un papel donde tengo que dejar la casa como si nada no tengo familia y nada y la empresa sabía eso no están sólo eso es porque me sacan de la casa con mentira eso me molesta esperando su respuesta ahí algo que se pueda hacer igual disculpe si escribí algo mal pero no estoy bien.
Buenas tardes, mi empresa me ha trasladado a 32km de mi residencia habitual sin notificarmelo. Mi contrato de trabajo esta firmado en el año 2001. Puede trasladarme?
Gracias
Hola María Jesús,
Lo que ha hecho tu empresa puede ser considerado una modificación sustancial de las condiciones de trabajo pero habría que estudiarlo bien.
Si quiere puede llamarnos al 910242361 para valorar el asunto.
Saludos