Sentencia IRPH: El Juzgado de Primera Instancia nº3 de Granollers falla en contra de Caixabank.

Presentamos demanda de Juicio Ordinario contra la entidad al entender que el contrato había incurrido en una infracción de las normas imperativas, falta de transparencia y haber ejercido un carácter abusivo en contra de nuestro cliente al haber referenciado el préstamo al índice IRPH.

Solicitamos desde nuestro departamento de Derecho Bancario que se procediera a una nueva liquidación del crédito sin aplicar el IRPH en este caso, y el abono a nuestro cliente de las cantidades abonadas desde la firma del contrato junto con los intereses legales correspondientes, declarando el contrato actual nulo en relación al interés variable, aplicable al contrato de crédito con garantía hipotecaria celebrado el pasado 1 de febrero de 2007.

El fallo estima íntegramente nuestra demanda declarando:

1. Nulidad

La nulidad por tener carácter de cláusula abusiva el contrato de crédito abierto con garantía hipotecaria a interés variable, que establece una referencia al IRPH, así como de los índices sustitutivos quedando el préstamos sin intereses.

2. Condena

Condena a la entidad demandada a eliminar dicha condición del contrato, a la devolución de las cantidades cobradas en referencia a dicha cláusula en relación al crédito abierto con garantía hipotecaria más los intereses devengados desde la fecha del cobro.

Condenada la entidad a la devolución íntegra cobrada en concepto de intereses desde la fecha de la firma del contrato.

3. Devolución de intereses

Así mismo se declara la nulidad por entender abusiva la cláusula que regula el vencimiento anticipado de la escritura de crédito abierto con garantía hipotecaria. Nula también por abusiva la cláusula sobre los intereses de demora, excluyendo el tipo de interés pactado por contrato y así la sentencia dispone que la continuación del devengo de los intereses moratorios han de ser a tipo 0.

4. Costas

Concluye el fallo de la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia de Granollers, imponiendo a la entidad las costas  del procedimiento.

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