OTRA SENTENCIA GANADA EN GRANOLLERS.
SOMOS EL DESPACHO LÍDER EN SENTENCIAS GANADAS POR APLICACIÓN DEL ÍNDICE IRPH
Hemos vuelto a conseguirlo. El Juzgado nº3 de Granollers nos ha dado la razón nuevamente.
En este post te explicamos la Sentencia detalladamente.
El año 2016 interpusimos en nombre y representación de nuestros clientes, una demanda contra Bankia por entender que las cláusulas que se les estaban aplicado eran del todo abusivas.
En concreto en nuestra demanda solicitábamos:
La Demanda:
- Solicitamos que se declarara nula y por tanto no desplegara ningún efecto la cláusula en relación al interés variable aplicable al contrato de préstamos con garantía hipotecaria por infracción de normas imperativas, falta de transparencia y tener carácter abusivo. Solicitando que se procediera a una nueva liquidación del préstamo con inaplicación del índice IRPH y se reintegrara además a nuestros clientes la totalidad de lo cobrado por dicho interés desde la fecha de la firma del contrato más el interés legal devengado de cada cobro indebido hasta la completa satisfacción desde la fecha de la interposición de la demanda (2007). Además solicitamos la imposición de las costas a la entidad bancaria.
- Con carácter subsidiario, solicitamos también que se declaren nulas y sin efecto y se proceda a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas por la entrada en vigor de la Orden Ministerial que anulaba la aplicación del tipo de interés IRPH-Cajas junto con el interés legal del dinero de cada cobro indebido.
- Pedimos que se declaren nulas y sin efecto también las cláusulas IRPH que afectan al préstamo de nuestros clientes desde la finalización del periodo transitorio establecido en la Disposición Transitoria de la Orden Ministerial 2899/2011, para la definitiva desaparición de este tipo de interés. (IRPH-Cajas). Que se devuelvan así mismo a nuestros clientes, las cantidades indebidamente cobradas por la aplicación de estos índices.
- Que se declare nula la cláusula referente al vencimiento anticipado por impago de “algunas de las cuotas de interés o de amortización” incluidas en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria dado su carácter abusivo.
A tenor de los documentos y argumentos aportados, hemos logrado acreditar que la aplicación de las cláusulas han provocado un desequilibrio entre las prestaciones de las partes, en contra de las exigencias y de la buena fe de nuestros representados que les han causando un perjuicio considerable.
Así pues, el Juzgado ha estimado nuestra demanda declarando:
- Declaran la nulidad por su carácter abusivo, de las cláusula que establecen como tipo de interés variable el referido a IRPH-Cajas así como los sustitutivos, debiéndose aplicar como índice de referencia el Euribor, más el diferencial medio del mes de la fecha de contrato para la aplicación del interés variable.
- Se condena a la entidad financiera demandada a eliminar dicha condición general del contrato de préstamo.
- Se condena también a BANKIA a devolver a nuestros a nuestros clientes la cantidad que se determine en ejecución de sentencia, cobrada en virtud de la aplicación de la referida cláusula y en relación con el préstamo hipotecario formalizado, con sus intereses legales devengados desde la fecha de cada cobro hasta la fecha de esta sentencia.
- Declaran nula, por su carácter abusivo la cláusula que regula el vencimiento anticipado.
Lee aquí la sentencia completa
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