Cómo podemos denunciar una negligencia médica:
Si crees que tú, o un familiar tuyo, ha sido víctima de una negligencia médica, te contamos qué puedes hacer, si es mejor poner una demanda civil, o penal, o si es preferible acudir a la vía contencioso-administrativa. Cómo demostrar una mala praxis médica, cuál es el plazo para reclamar… etc.
¿Qué se puede considerar una negligencia médica?
Una negligencia médica es un fallo cometido por un facultativo, que provocar en el paciente alguna lesión. Esa lesión puede ser tanto física o psicológica y la responsabilidad puede recaer sobre cualquier profesional sanitario.
Los casos más habituales suelen ser los siguientes:
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Un diagnóstico equivocado y por lo tanto un tratamiento erróneo.
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No hacer seguimiento adecuado del paciente tras una intervención.
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Altas médicas o bien prematuras o tardías.
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No dar la suficiente relevancia a los síntomas de un paciente y no llegar a ingresarlo.
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Olvidar material quirúrgico en el paciente.
¿Has sido víctima de un error médico? Esto es lo primero que debes hacer:
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Lo primero que hay que hacer es intentar recabar el mayor número de pruebas para demostrar que efectivamente ha habido una negligencia médica. Tendrás que recopilar toda la documentación que sea necesaria, teniendo derecho incluso a exigirla en el propio centro médico donde se te atendió.
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En algunos casos sería interesante contar con la declaración de algún testigo (otros pacientes, enfermeras…)
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Una vez tengas el máximo de pruebas, deberás acudir a un abogado especializado en estos temas para que te asesore sobre la mejor forma para poder abordarlo.
Existen tres posibilidades para poder interponer una reclamación por negligencia médica: la vía penal, la vía civil y la contencioso-administrativa. Para decantarnos por una opción u otra, normalmente nos basaremos en el tipo de error médico, pero sobre todo en las consecuencias que haya tenido dicho error en el paciente.
1. Vía Penal
La vía penal se suele utilizar en los casos en los que la negligencia haya provocado en el paciente o bien lesiones graves o bien su fallecimiento. Para ir por este camino, tenemos 3 años como plazo máximo para poner la denuncia.
El procedimiento se inicia en el momento que nosotros interponemos una denuncia dirigida hacia un médico concreto, un equipo o un centro sanitario. En la denuncia expondremos detalladamente los hechos ocurridos, las situación actual del paciente y adjuntaremos todas las pruebas que estimemos oportunas.
El juzgado a su vez, decidirá si cree que puede existir indicios de delito. De ser así, abrirá un expediente y citará al lesionado para que lo examine un médico forense que hará una valoración imparcial tanto del historial clínico, el diagnóstico y las secuelas. Si el error derivó en el fallecimiento del paciente, la familia solicitará una autopsia para esclarecer las causas de la muerte.
Si la autopsia confirma que el fallecimiento fue causado por una negligencia médica, o el informe forense prueba que las lesiones actuales fueron motivadas por esta misma razón, el juzgado admitiría a trámite nuestra denuncia y comenzaria un juicio contra las personas responsables implicadas.
El juicio por vía penal puede tener como consecuencia para el facultativo, en el caso de que ganemos, una condena con pena de prisión, inhabilitación para ejercer la profesión y además deberá pagar una indemnización por los daños ocasionados (ya sean físicos o psicológicos). El abogado será quien sabrá que cantidad podemos exigir en cada caso.
2. Vía Civil
Si las lesiones producidas por la negligencia médica son leves, normalmente acudiremos a la vía civil. Puede resultar más cara que la vía penal, pero según en qué casos, será más aconsejable para poder obtener buenos resultados.
En este caso los pasos a seguir serán: Primero interposición de demanda contra un médico, un equipo o un centro. Nos personaremos en la causa representados por un abogado y un procurador y aportaremos un informe médico que habremos encargado a un perito (médico). El fin que se persigue al acudir a la vía civil, es la de obtener una indemnización económica para compensar los daños que se hayan podido ocasionar por el fallo médico. No perseguimos tanto inhabilitar al médico o que se le condene a prisión.
3. Vía Contencioso-Administrativa.
Esta vía será generalmente la más larga pudiéndose demorar hasta 4-5 años. Solemos acudir a ella en el caso de que la negligencia haya sido cometida en un centro médico público o concertado.
Lo primero que haremos será acudir al servicio de atención al paciente del centro para poner una queja o reclamación. Si éste no son contestara o no estuviéramos de acuerdo con la respuesta que nos da, entonces pondremos una reclamación administrativa. El centro médico podrá contestar que no tiene responsabilidad sobre los hechos. En este caso iniciaríamos una demanda con abogado, procurador y un perito médico.
No existe plazo máximo para que la Administración recurra. Podrán utilizar muchos argumentos para alargar el procedimiento. Llegados a este punto deberemos demandar directamente al seguro del centro sanitario.
Para los casos en los que la atención inadecuada o la información incompleta nos la hayan dado en un centro público, la vía más apropiada es la contencioso-administrativa.
El resultado de acudir a esta vía, igual que en el caso de la vía civil será obtener una indemnización y no se ejercerá ninguna acción contra el facultativo responsable.
Cobertura aseguradora del Médico.
Debemos tener en cuenta que todos los médicos tienen obligación de estar cubiertos por una póliza de responsabilidad civil que les asegure en estos casos respondiendo económicamente de los posibles errores causados por su práctica médica, ya sea a nivel individual o bien a través de su Colegio de Médicos.
Si te encuentras en alguna de estas situaciones y estas buscando que te asesore un abogado experto, no dudes en llamarnos para pedirnos una cita y hacernos tu consulta.
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