En nuestro artículo de hoy, vamos a hacer referencia al denominado reconocimiento de deuda, un sencillo y práctico mecanismo mediante el cual un acreedor puede ver reconocida la existencia de una deuda a su favor, pero que a pesar de su simplicidad no es una práctica muy utilizada en el tráfico jurídico.
RECONOCIMIENTO DE DEUDA.– El reconocimiento de deuda no es más que una declaración unilateral recogida en un documento, por la que el deudor viene obligado al pago de la deuda reconocida en los términos y condiciones establecidos. Ese reconocimiento también puede manifestarse verbalmente, si bien este segundo caso no es tan recomendable ya que ante un hipotético incumplimiento por el deudor se necesitará una mayor carga probatoria para acreditar la existencia de la deuda.
Para que el reconocimiento de deuda quede perfectamente formalizado se realizará en documento privado en el que se hará constar, además de los datos personales de ambos otorgantes, el importe de la deuda contraída, origen de la misma y el plazo en el que se va a realizar la devolución, así como si esta se va a realizar a plazos o en un solo pago, e incluso si va a generar o no intereses en favor del acreedor.
También puede realizarse un reconocimiento mediante escritura pública, en cuyo caso se debe acudir a una Notaría donde por parte del Notario se redactará la escritura notarial pertinente recogiendo los mismos datos a los que hemos hecho alusión anteriormente, si bien en este caso habrá que tener en cuenta que esta segunda opción supondrá un coste añadido aproximado de unos cincuenta euros, si bien hemos de decir en su favor que acorta bastante los plazos judiciales ante una futura reclamación ante los tribunales.
CONSECUENCIA DEL RECONOCIMIENTO DE DEUDA.- En nuestro ordenamiento jurídico no está regulada legalmente la figura del reconocimiento de deuda, pero la misma está reconocida en nuestro derecho en la abundante Jurisprudencia del Tribunal Supremo que le reconoce naturaleza jurídica, así como valor probatorio de la misma ante un tribunal, y con las siguientes características:
1.- Es un negocio jurídico unilateral por el que el deudor reconoce la existencia de una deuda.
2.- A dicha deuda se le presume la causa del artículo 1277 del Código Civil, es decir, el reconocimiento de deuda obliga tanto a su autor como a sus herederos, entendiendo que la misma es lícita y ajustada a derecho.
3.- El acreedor no tiene obligación de probar la existencia de la deuda, por lo tanto recae sobre el deudor probar su inexistencia o su ilicitud ante un tribunal, mediante la denominada inversión de la carga de la prueba.
RECLAMACION JUDICIAL DE UN RECONOCIMIENTO DE DEUDA.- El reconocimiento de deuda es un título que nos habilita a reclamar judicialmente la deuda que tenemos reconocida en caso de incumplimiento total o parcial por parte del deudor.
Antes de llevar a cabo una reclamación ante los tribunales, siempre es recomendable realizar una reclamación extrajudicial fehaciente al deudor a través de un burofax con el fin de intentar llegar a una solución amistosa, y en caso de no ser posible se iniciarán las acciones legales pertinentes.
En cuanto al procedimiento judicial que se ha de seguir para llevar a cabo la reclamación de las cantidades adeudadas, dependerá de la forma en que esté documentada la deuda:
1.-. Si la misma se recogió en documento privado, se podrá acudir al denominado procedimiento monitorio, o bien a los procedimientos ordinarios en función de la cuantía reclamada (verbal para importes de hasta 6.000 euros, y ordinario para cantidades superiores a 6.001 euros)
2.- Si por el contrario la deuda se documentó en escritura pública, teniendo la misma carácter ejecutivo, se puede solicitar directamente el cobro de la deuda por vía ejecutiva solicitando embargos sobre los bienes del deudor o de sus herederos si éste hubiera fallecido.
En ambos casos, será tribunal competente para la interposición de la demanda el del domicilio del deudor, salvo que en el documento se hubiera pactado expresamente mediante sumisión expresa, que ambas partes se someten a otro tribunal distinto.
Si tienes dudas sobre como proceder ante una reclamación en caso de existir un reconocimiento de deuda, contacta con nosotros. Nuestro equipo de especialista te asesorará y te seguirá en todo momento.
Tengo reconocida mediante escrito una deuda de 5000 euros y no me pagan
Estimado Antonio,
Para poder cobrar esa deuda habría que interponer demanda en el plazo de 5 años. Una vez transcurrido ese plazo sin haber interrumpido la prescripción ya no podrá reclamar dicha deuda.
Si necesita asesoramiento, llámenos al 910242361 y estudiaremos su caso.
Tengo un reconocimiento de deuda (sin notario) de 1400€ por el impago de 3 meses de dormir en mi pensión de hace mas de un año.
Puedo llevar a juicio este documento y ganar el juicio?
Gracias
Por supuesto que puede demandar por ese reconocimiento de deuda. Tiene una prescripción de 5 años.
saludos
Mi hijo estaba de alquiler con dos compañeras, el contrato lo formula el padre de una de ellas, no entregándoles la copia del contrato y pagando cada uno 360,00 euros al que formula el contrato posteriormente nos enteramos que les estaba cobrando mas de lo que tenia el alquiler. Como puedo reclamar esa deuda (sabiendo de antemano que a la otra inquilina le ha devuelto dinero).
Buenas tardes:
Tengo un reconocimiento de deuda por 3160€ y el deudor cambia de domicilio constantemente, por lo que no se puede notificar y no podemos reclamarla en el juzgado. Qué podemos hacer para saber rápidamente el nuevo domicilio del deudor y que el Juzgado nos admita la interposición del requerimiento?.
Gracias.
Buenas noches, tengo u. Reconocimiento de deuda ante notario y registrado, firmado 21de abril 2009, x un importe de 39.000€,,no e demandado x q no se domicilio del deudor, mi pregunta es, puedo demandar x vía ejecutiva, gracias, un saludo
Tengo un reconocimiento de deuda de varios préstamos que le realice a mi ex pareja y acuerdo de pago de parte de sus deudas por valor de 60000€. Tenemos una casa hipotecada a medias en alquiler, y el acuerdo era que si no me paga lo pagado y prestado, me quedaba su parte (la deuda es el valor de su parte). Ahora a cumplido el plazo y dice no podrá pagar. Cómo debo actuar??, puedo solicitar un embargo de su mitad??
Hola Carla para poder reclamarle su parte deberás iniciar un procedimiento judicial siempre y cuando tu ex pareja no lo quiera hacer de mutuo acuerdo. Puedes llamarnos al 910242361 y uno de nuestros abogados estudiará tu caso.
Entendemos que deberías de iniciar un procedimiento de juicio ordinario de reclamación de cantidad y el juzgado haría una averiguación de domicilio. Mari Carmen, si quieres que estudiemos tu caso de forma gratuita puedes llamarnos al 910242361.
Hola, tengo un reconocimiento de deuda firmado ante notario y que venció en diciembre de 2019. Voy a enviarle un burofax para reclamar la deuda, ¿cada cuánto tiempo debería mandarlo para que no prescriba?
Y si le envío un burofax a su domicilio y no lo recoge, ¿no sería válido?
Me han recomendado no realizar la reclamación judicial aún, ya que el deudor no tiene bienes ni dinero a su nombre.
Muchas gracias
Buenos días, la deuda prescribe cada cinco años. En cualquier caso si no habéis negociado un interés por mora es importante que se inicien las acciones cuanto antes para así que quede fijado en sentencia el interés moratorio.
Saludos
Realizamos un reconocimiento de deuda, pero la realizamos en un documento privado, como podemos pedir que realice el pago el deudor..
Hola Wem,
En principio si existe un reconocimiento de deuda se podrá reclamar por la vía judicial.
Si necesita que le echemos un vistazo al documento y le expliquemos los pasos a seguir para poder reclamar, no dude en llamarnos al 910242361.
Tengo un reconocimiento de deuda por una casa que era proindiviso, firmado ante notario, por valor de 70 mil euros en el momento de la firma, más el 50% de todos los pagos de hipoteca que desde ese momento se generasen hasta la disolución de la cosa común (sentencia que ya tengo) , pagos que me comprometía a hacer en su 100% y he hecho (totalmente documentado). El mismo documento notarial firmado recogía que la deuda se pagaría contra el valor del inmueble objeto de la misma. Quiero solicitar la subasta para acabar pero no me atrevo porque tratando de mediar con la otra parte no me reconoce ni que le pueda reclamar importe alguno hasta que no se venda y pone un precio de venta absolutamente inalcanzable. Y mientras discurre el tiempo, solo pago yo. Y la titularidad es de los dos. ¿El documento tiene validez en la subasta para que se retenga esta deuda una vez vendida la casa para evitar una reclamación posterior? ¿Puedo solicitar una reclamación de la deuda por vía notarial antes de la liquidación del inmueble? Gracias de antemano
recientemente me divorcie y aunque la casa estaba a mi nombre antes de casarme firme con mi ex un reconocimiento de deuda en el que me comprometia a pagar 35000 euros en un plazo maximo de diez años a razon de 200 euros al mes , cantidad que podria ser mayor en el caso de que mis padres fallecieran y cobrara la herencia. Hasta el momento estoy al dia de los pagos y he abonado 300 al mes en lugar de los 200 q se firmaron, debido a que mis padres finalmente fallecieron. Ahora mi ex me reclama la deuda entera de una vez. ¿tengo obligacion de pagarlo todo a la vez si he cobrado la herencia??
Hola Santiago, tendríamos que ver el reconocimiento de deuda que firmaste. Si quieres que estudiemos tu caso puedes llamarnos al 910242361.
Tengo escritura pública de compraventa de vivienda. A firma de escritura me debía comprador 4000€ y me entregó 2000 pero me dio su palabra que me daría los otros 2000.Firme la compraventa como todo entregado y me confíe de su palabra. Aún no me pago los 2000.Gracias
Pues mucho me temo que no podrás reclamarle la diferencia
Hice un reconocimiento de deuda con aguas fraccionado por meses y se me paso pagar el primer recibo.temo que me corten el agua.pero tampoco se han puesto en contacto conmigo
Un señor y su mujer me deben unos 100.000 euros con un reconocimeinto de deuda sin dar fé un notario del cual apenas nos a pagado 2000,en caso de demanda,¿que tarda en llegar el juicio?
Pues depende de los juzgados. El tiempo medio para un procedimiento de estas características es de un año.
Saludos
Tengo un reconocimiento de deuda firmada ante notario pero sin fecha de pago sobre una casa, debería estar en venta desde el momento que se firmó el reconocimiento,pero la han puesto en alquiler. 32.000€ me deben. Se puede reclamar la deuda de alguna manera?
Entendemos que si pero habría que estudiar el caso. LLámanos al 910242361 y te daremos una cita en el despacho.
Hace menos de un año presté 15.000€ + intereses. Todo se acordó vía whats app (mantengo todo por escrito y notas de voz) con importe, fecha de devolución, etc., ¿se consideraría esto un contrato y podría interponer una denuncia?
Gracias
Y añado a lo que acabo de publicar: se hizo todo vía transferencia bancaria
Hola Isabel, puedes reclamar sin problemas. Llámanos al 910242361 y te explicamos los pasos a seguir.
Saludos
Buenas noches.tengo firmado ante notario un reconocimiento de deuda con mi hermano y su mujer superior a 40000€ desde el año 2013 pero sin fecha de pago.Algun día podré reclamar ese dinero?
Hola Elena, lo que puede pasar es que un día puedas dejar de cobrarlo. Tienes un plazo de 15 años para reclamar el cobro.
Estoy cuidando de mi padre, anciano de 83 años, y he encontrado un reconocimiento de deuda ante notario a mi padre donde figura mi hermano de deudor de 108.000 euros con una cláusula tan abusiva como que le compromete a pagar la deuda en un único pago, sin intereses en el período de 20 años. Se firmó en 2015 así que el compromiso es devolverla cuando mi padre tenga 98 años!!!
En dicha escritura justifica dicha deuda en «relaciones contractuales entre ambas partes». Mi padre desde que se jubiló no ha tenido actividad contractual alguna.
Valga el detalle de que mi padre me ha ocultado ese tema y cuando le pregunto mi hermano solo me dice que es un sinvergüenza y que le ha embaucado…
¿Habría posibilidad 5 años más tarde de denunciarlo al realizar ese contrato de ese modo a un anciano que en ese momento tenía 78 años?
Gracias por adelantado
Hola Laura, no creo que tenga recorrido una demanda de esas características. El tema de la abusividad de las cláusulas se pueden abordar con mayores garantías dentro de reclamaciones de consumidores no entre particulares. Además está firmado ante notario lo que atestigua que tu padre estaba en todas sus facultades mentales para firmarlo.
Otra cosa es que el negocio jurídico no se haya llevado a cabo, es decir, que tu hermano finalmente no le haya dejado ese dinero a tu padre. Si ese es el caso, sí que podría hacerse algo.
LLámanos al 910242361 y estudiaremos tu caso.
Acepte una reclamacion deuda de facturas de mas de 5 años yo no tenia facturas de esa fecha pero se la firme por error eran 22000 euros aproximado a 439.90 por meses llevo pagada 27 meses puedo dejar de pagarlas pues eran facturas que no se si fueron pagada en su dia pues no pude comprobarlo
Hola Armando, en principio si ha quedado firmado no podrás negarte a pagar.
Saludos
Buenas tardes. Tengo firmado un reconocimiento de deuda con mi hermano ante notario por la herencia de mi madre. La cantidad son 30.000€, y pago una parte. Pero el plazo ha vencido y me debe otra parte. De que forma se puede reclamar y cuanto tiempo se puede demorar en el tiempo?
Hola Esther, antes de acudir a la vía judicial, para reclamar la deuda se debería hacer un intento amistoso. La prescripción es de 5 años.
Buenas tardes,
Una empresa me hizo un reconocimiento de deuda. Ahora me he enterado que tienen más deudas y que van a empezar a embargar. Si pido la ejecución del reconocimiento de deuda, ¿iré detrás del que ya esta ejecutando? ¿O tendré preferencia?
Hola Alejandro, en estos caso es como reza el dicho «tonto el último»
Buenas noches.
Tengo un reconocimiento de deuda firmado ante notario,de 60.000€,fecha 14 de junio 2010,sin intereses,ni fechas de pago,cuando caduca,se puede reclamar??
Gracias!!
si que se puede reclamar, ese tipo de deudas tiene una prescripción de 15 años
Buenas tardes. Hice con una empresa un reconocimiento de deuda con hipoteca sobre una de sus propiedades. En dicho acuerdo estipulamos que se tiene que pagar la deuda en un plazo de 5 años. ¿Se podría pagar antes?
Hola Carlos, si que se podría pagar antes sin problemas salvo que dicho pago esté penalizado en el contrato.
Hice un acuerdo de pago y no me di cuenta que era un reconocimiento de deudas de unos recobradores y me cobran muchos intereses puedo reclama no esta sellado solo firmado
Hola Carmen, para poder darle una mejor valoración sería interesante ver el documento que firmó. Puede llamarnos al 910242361 y estudiaremos a fondo su caso.
Hola tengo un reconocimiento de deuda de 20.000 euros ante notario y la fecha de pago ya se ha pasado y no e recibido ni un solo pago.
Que puedo gacer?
Gracias
Hola Javier, tendrías que iniciar una reclamación judicial para poder recuperar tu dinero. Si quieres que te asesoremos al respecto llámanos al 910242361.
Buenas tardes hace un par de años me entere que mi ex me hizo un juicio monotorio y yo no fui notificada,dieron sentencia a favor de mi ex le devia 2.035€ hacienda me ha estado quitando la renta y una ayuda y a mi ex le di 1200€ en mano y firmado por los dos delante de su abogado,yo creo que la deuda ya esta pagada. Que puedo hacer para que el juzgado quite la orden de embargo en hacienda si la deuda esta pagada en su totalidad
Tengo un documento de reconocimiento de deuda ante notario con mi hermano en el que se reconoce una descompensación en la herencia de mi padre. En el documento queda especificado que si vende un piso que tiene a su nombre me tiene que pagar la deuda.
El piso lo ha vendido hace 1 mes, se puede negar a pagarme?
Pues en principio no debería negarse, es caso de hacerlo podrías reclamarle tu parte judicialmente.
Hola Maika, creo que lo mejor es que te acerques al juzgado a preguntar en qué estado está tu asunto.
Hola, la comunidad de propietarios de mi garaje ha aprobado en Junta Ordinaria iniciar un monitorio por una cantidad que dicen que adeudo. Me reclaman una cantidad inexacta(600 eu) dado que yo he pagado 180eu (porque han justificado qué conceptos generaron esos 180eu) ya…con lo cual la cuantía adeudada es inferior a la que figura en el acta de la junta («debo» 420€). Pero la propia comunidad me debe a mi 300 eu que se niegan a pagar si yo no pago antes «mi deuda». Les he enviado un burofax cerficado por Correos reclamando el pago de mi dinero y solicitando que desglosen los conceptos que generan esa deuda(420€)para ver si estoy conforme y poder pagarla (nunca he recibido ningún documento donde se especifiquen que conceptos son)
¿Qué hago… inicio yo una reclamación monitoria o espero a que ellos interpongan la suya en mi contra?
Muchas gracias
Hola. Tengo un documento de reconocimiento de deuda firmada ante notario en enero del 2018. He leído algo del registro y me genera la duda de si debería haberlo llevado a algún sitio más aparte del notario. En la firma no me dijeron nada que tuviera que hacer más pero ahora mismo leyendo cosas me genera la duda.
Hola. Tengo un reconocimiento de deuda por correo electrónico de 2000€ del año 2009, ¿Todavía puedo reclamarlo?
Gracias.
Hola,Mi jefe me debe 2400€ y me hizo un reconocimiento de la duda,a pagar en 6 meses,como no a sido así,hemos ido al juzgado para ver si llegábamos a un entendimiento y me sale con que no reconoce la deuda, habrá que ir a juicio,tengo posibilidades de cobrar o no vale la pena,si me voy a gastar más en abogado,que hago?
si que puedes reclamarlo
Hola María José, seguro que te vale la pena. Si quieres, puedes llamarnos al 910242361 y estudiaremos tu caso.
Buenas tardes, tengo un inquilino que me debe 1500 euros por varios meses de alquiler sin pagar, lo voy a demandar para desahuciarlo, y que me pague lo que me debe, pero hace tres años ya hicimos un reconocimiento de deuda en un documento privado por otras deudas, pero me dejó a deber 450 euros, de laque reconocimiento, mi pregunta es si lo puedo reclamar todo ahora en la misma demanda, los 1500 más los 450 euros. Muchas gracias.
Hola Manoli, si las cantidades que te debe de hace 3 años son relativas al alquiler si que podrás reclamarlas todas juntas. Si quieres, puedes llamarnos al 910242361 y te asesoraremos en relación al procedimiento de desahucio.
Muchas gracias, lo que pasa es que ya le he mandado un burofax y no puse lo que me debe del reconocimiento de deuda, y me han dicho que ya no se puede incluir en la demanda, lo podríais también pedir vosotros en la demanda.
Manoli.
Se puede incluir sin problemas
Mi padre firmó un reconocimiento de deuda ante notario en Abril del 2015 a pagar en 5 años. ¿Puede prescribir este reconocimiento de deuda?
Si que puede prescribir, en principio parece que en 2025
Hola, tengo una escritura unilateral de reconocimiento de deuda firmado ante notario con mi padre ,en el que debo pagarle una cantidad ,pero resulta que esa cantidad me la ha perdonado. Ahora como podemos anular esa escritura .
Muchas gracias .
Mi suegra de 84 años tiene un reconocimiento de deuda de un hijo por venta de un local que despues no se ha vendido ni esta a la venta. El reconocimiento no tiene cantidad ni plazo, unicamente el 50% si ze vendiese. El local no exta en venta y se han conztrido cocheras, sin pagar nada a mi suegra.
¿Se puede reclamar el pago o hacer algo?
Hola José Luis, habría que estudiar bien el asunto pero en principio si no se ha llevado a cabo la venta del local, entiendo que tu suegra podrá cobrar alquiler por esas cocheras
Hola Inmaculada, puedes anularla mediante un documento privado.
Tengo deuda reconocida ante notario de 24000 euros,de mi empareja,la cual por las buenas nunca pago y se niega,tb se ha marchado a escocia a trabajar,no tiene propiedades pero falleció su padre y si se q esta como heredero de las propiedades,se puede hacer algo?
Hola Anna, se puede reclamar sin problemas.
hola, tengo un reconocimiento de deuda firmado ante notario incluida en un contrato de compraventa de un inmueble. la deuda es una comision por la compraventa del inmueble que debe pagarlo el comprador.
dicho contrato se realizo el 29/04/2013, hay alguna posibilidad de exigir el pago de la deuda?
Buenas tardes
Tengo firmado un reconocimiento de deuda ante notario fue en el año 2009 puede prescribir .
Tengo un reconocimiento de deuda desde 2008 de 31500 euros + intereses, por motivos de herencias, por desgracias personales (varias) no he podido cumplir.Ahora se me exige por carta certificada ese pago o tomarán medidas legales. No sé que hacer ni a quien recurir, por mi edad no me dan préstamos y el acreedor, que es lo peor, es mi propio hermano, en su día le abonñe 30000 euros (la deuda era por herencia a repartir), tuve que hipotecar la casa y ahora mismo estoy ya jubilado . para más inri esta semana ha fallecido mi marido y estoy desamparado.
Hola Miguel, esa deuda puede estar prescrita. Llámanos al 910242361 y estudiaremos tu caso.
hola, tengo un reconocimiento de deuda firmado ante notario incluida en un contrato de compraventa de un inmueble. la deuda es una comision por la compraventa del inmueble que debe pagarlo el comprador.
dicho contrato se realizo el 29/04/2013, hay alguna posibilidad de exigir el pago de la deuda?
Hola Antonio, entendemos que ha prescrito la posibilidad de reclamar judicialmente.
hola, el reconocimiento de deuda esta reconocido en la escritura de compraventa de la casa. firmada por el comprador. aun asi esta prescrito?.
saludos
Son 5 años
Hola tengo una deuda de un juicio, que me reclamaban una agencia de seguros una cantidad de 5000 euros, y como no podia pagar firme allanamiento, fue en 2008, de hay no recibi nada de reclamacion, hahora 2020 a prescrito dicha deuda
Hola, tengo pactado en escritura que el comprador pagaría el IBI del año en curso, la escritura es de enero y ahora que es la hora de pagar el comprador me da largas. El ayuntamiento emitirá el recibo a mi nombre el día 30 de noviembre si el comprador no lo abona antes. Como puedo actuar si no lo paga?
Buenas noches; Me gustaría saber si por causa de la pandemia, quedan paralizados los plazos en los reconocimientos de deuda, si el deudor no puede viajar para hacer efectivo el capital. Un saludo.
Buenas tardes, tengo un reconocimiento de deuda en documento privado, con pago fraccionado en 12 meses, de los cuales el deudor solo ha pagado 4. ¿puedo iniciar un procedimiento verbal reclamando la totalidad de la deuda o sólo puedo reclamar las cuotas impagadas? Gracias!
Tengo un reconocimiento de deuda entre particulares,pero no pusimos fecha de caducidad,como Podria reclamar ?
Tengo un inquilino que no paga el alquiler desde hace 4 meses, me ha dicho que me pagará pero se va del piso, en dos meses, quiero saber si puedo hacer que firme un reconocimiento de deuda y quien debe hacer este documento. Gracias
Buenas tardes
Un reconocimiento de deuda se puede reclamar por vía civil pero
¿cabe la posibilidad de querellarse por apropiación indebida?
En caso de tener firmado por una persona Física Con una sociedad un documento de asuncion de deuda por una indemnización no pagada a un trabajador cuando se le traspasó a esta sociedad que firma el documento, no teniendo vinculación esta persona con la empresa cedente del trabajador ….habría problemas para que la sociedad cesionaria Que es la que firma y que ha cogido al trabajador manteniendo antigüedad , reclame a esta persona que asume esta indemnización que tiene importe cierto al estar ya topada al límite por los años trabajados Y con la cual ha firmado el documento de asuncion de deuda ? Se haría la reclamación si se tuviera que despedir al trabajador … no existiendo fecha cierta …
Si el documento está firmado ante notario tendría recorrido la reclamación ? Y si la persona Que se hace cargo de la deuda fallece ?
Tengo un contrato donde las controversias deben ser sometidas a arbitraje, se liquidó el Contrato y existe un monto no controvertido que la Entidad reconoce nos debe y el resto osea las controversias han sido sometidas a arbitraje, como puedo obligar a la Entidad a que pague el monto no controvertido de cuyo monto estoy pagando intereses al Banco y mientras no me paguen para devolver al Banco tengo que seguir asumiendo el pago de intereses.
hola, tengo un documento de reconocimiento de deuda de un activo financiero determinado, si denuncio y gano, se me devolvería dicho activo o se haría una valoración de dicho activo? Gracias.
Buenas tardes.. mis padres fallecieron.. somos tres hermanas y hemos heredado el piso en que vivían mis padres. Me han reconocido una deuda ante notario de 30.000 euros. (Facturas que han sacado del cajón de cuando vivían mis padres)..que me quieren descontar de la parte que me corresponde del importe del piso.. yo he aceptado la herencia a beneficio de inventario.. mi pregunta es..me pueden descontar ese reconocimiento de deuda de la parte que me corresponde de la herencia y de ser así es difícil impugnar este reconocimiento de deuda.. mi madre firmó con el dedo ese reconocimiento de deuda.. cuando ella sabía firmar.. cuando firmó con su huella estaba muy malita y falleció a los dos meses.. gracias y un saludo
Buenos días, mi expareja y no firmamos un convenio regulador en la que se quedaba con todo, y a cambio me pagaba a mi 500 euros mensuales, el convenio no está ratificado todavía, pero al ser un contrato privado entre los dos, podría reclamarlo por lo civil, ayer le mandé un burofax, que debo hacer?
Buenas, hice un reconocimiento de deuda entre particulares a través de un burofax en el 2014 y ahora en 2021 me exigen la cantidad.
Ha prescrito ese reconocimiento de deuda?
Gracias
Hola,mande un burofax en el 2018 reconociendo una deuda para evitar demanda pero sin poner cantidad específica. Me la pueden reclamar a día de hoy la deuda completa si me demandan?
Firmamos un reconocimiento de deuda con mi pareja ante notario el 2005 por compra de la vivienda, valor de 60000€. Se formulo que la deuda se haria efectivaen caso de separación y hay un plazo de 6 meses. Nos separamos hace 6 meses. Como debo reclamar el pago? Debo esperar a que transcurran estos 6 meses.
Hola , buenos dias me llamo Rafael, he visto su de página de como reclamar deuda a inquilinos morosos quisiera que me informaran.
Tengo una vivienda alquilada desde 1/2/2018 , en el año 2019 empezaron a fallar en el pago,a fecha de hoy tengo una deuda acomulada de 2,500€, van pagando cuando les parece o pueden, yo lo que he ido haciendo no se si es correcto, he ido liquidando lo más antiguo, conforme me van pagando.
El 2019 ya está saldado, de 2020 hasta Mayo y la deuda que ya he comentado corresponde a Junio de 2020 hasta Marzo de 2021 , en Hacienda me informaron que para poder ponerlo en el concepto de DEUDAS DE DUDOSO COBRO, para la declaracion de la renta hay que comunicarlo 3 meses antes de que acabe el año fiscal ( me dijeron último día 30 de septiembre ) , y realizarlo de tres formas.
– Por escrito con fotocopia de d.n.i de los inquilinos firmado, que también dicho escrito de desglosara mes por mes la deuda y firmado por ellos.
-Por burofax también con el desglose de las cantidades.
-Por requerimiento notarial de deuda.
Quisiera saber cual seria la más procedente primero para yo poder declararla en mi declaración de renta y a posteriori por si tuviera que reclamar vía judicial , que me pudiera servir y no me lo echaran para atras.
Un saludo
Me deben dinero el cual la persona firmo ante una notaría pero se fue a otro estado que puedo aser para poder cobrar ese dinero porque no e podido localizarlo
Buenas,tengo un reconocimiento de deuda de X cantidad en el que figura el siguiente contenido:
» D X X X con DNI tal y cual reconoce la deuda de X cantidad de dinero a D X X X con DNI tal y cual.
La forma de pago acordada entre las partes:
La mitad de X a la venta de la finca tal (propiedad de un abuelo,este parentesis no se incluye en el documento pero lo indico a modo aclaratorio)
La otra mitad de X a la venta del inmueble propiedad [insertar nombres de padres aquí(el apellido de uno tiene una errata)] tras la aceptación de herencia de [nombre de padre fallecido]
X ciudad a X mes de 2021″
El asunto es que tenemos un inmueble de mi abuelo que vamos a cobrar entre diez personas,que son distintos tios e hijos de estos y está ya en previas de venta con señal dada. Y un hermano que tiene mala relación con el resto de la familia y que me puso cierta cantidad de dinero de forma voluntaria y sin pedirselo para la resolución de un asunto me está extorsionando para firmar su autorización para la aceptación de la herencia de mi padre,necesaria para poder aceptar la de mi abuelo y poner nuestra firma que a su vez es necesaria para la venta del piso,si el hermano ni acepta ni firma nos lo pone muy complicado para liquidar la venta del inmueble y podemos perderla por la demora de tiempo que genera,entonces he cedido en esas condiciones a pagarle la «deuda». Es un documento privado redactado por un gestor inmobiliario,no está llevado a documento público ni expedido por un notario,tengo pensado darle la primera mitad,pero la segunda tal vez no la abone,así que me surjen un par de dudas al respecto.
La primera es si corre un plazo de preescripción de cinco años a raiz de la fecha de emisión de documento o si bien la preescripción constaría a raiz de la venta del inmueble de mis padres(me queda uno vivo,espero que por muchos años y no se va a vender hasta que fallezca).
La segunda,que validez tiene el documento judicialmente,teniendo en cuenta la errata en el apellido de uno de mis padres,que está firmado por mi y por el gestor inmobiliario únicamente y que no consta el lugar en donde el documento ha sido redactado.
Muchas gracias por su tiempo.
Tengo un reconocimiento de deuda (44000€) ante notario.Me ha llevado el procedimiento judicial una abogada y me ha parado la minuta dando por concluida la relación
No sé que hacer
Gracias
Buenos días mi empresa me quiere hacer un reconocimiento de deuda de.mi finiquito porque van a cerrar por problemas de hacienda no por quiebra, ahora bien ,tengo la.sospecha que.lo hacen para no pagarme nada, que debo hacer, gracias
Tengo un reconocimiento de deuda de unos 1800€ y firmada en documento privado en 4 plazos y se me hace imposible cumplir el total de la cantidad de esos plazos pero si puedo pagar no en 4 pero quizas en 6 o 7 esto es incumplir el documento? Y por lo tanto me pueden denunciar??
Eso es incumplir el contrato aunque por el importe de la deuda, no creo que te pongan problemas si los pagos se hacen más flexibles.
Hola, tengo un reconocimiento de deuda que firme hace ya más de 5 años, no obstante lo estamos pagando pues es algo que debemos y hay que pagarlo, sin embargo en el reconocimiento nos impusieron una cláusula en la que decía que si no Se pagaba la deuda en 2019 tendría una interés del 50%, ósea, debería el doble. Esta cláusulas es legal?
Hola Antonia, un interés del 50% es abusivo según el Tribunal Supremo. Llámanos al 910242361 y te ayudaremos a anular ese reconocimiento de deuda y no pagarás ni un solo euro de interés.
Mi marido y yo estamos casados por gananciales, separados de hecho desde hace 3 años, él adquirió una deuda con préstamos personales de 40.000 euros, que no fue destinada a la familia, se lío con una drogadicta que le sacaba el dinero, se dió una buena vida y se compró un buen coche, ahora quiere que firme un reconocimiento de deuda o dice que nos quitarán la casa, que es de los dos. ¿Pueden quitarle su parte de la casa, o incluso la de los dos? Es dónde vivimos la familia, dos hijas y yo con una menor a mi cargo y única vivienda. El quiere pedir la segunda oportunidad para pagarla, pero dice que tengo que firmar por una deuda solo suya y que lo reconozcamos los dos, es una deuda sin sin beneficio familiar. ¿Qué debo hacer? No me quiero divorciar. Muchas gracias.
Hola,en un juício por lo penal,mi exmarido(Que estaba en busca y captura)Hizo un reconocimiento de deudas de 25.000€ ya que gran parte de la deuda había caducado.Al principio pagaba los 150€ mensuales que supuestamente podía permitirpero después solo ingresaba 50 ó 100€ un mes si y otro no.Siempre cuidando de no estar 3m sin hacer un ingreso,por las consecuencias.Cuando llamo al Juzgado(vivo en Marbella y el Juzgado está en Málaga),no me saben decir nada.Supuestamente su cuenta está embargada,así que no me lo explico.Por otra parte tengo capturas de pantalla de Instagram de él en conciertos en Madrid,en partidos de fútbol,en la ópera,en Barcelona,en Cantabria,País Vasco etc.etc,lo que quiero decir es que dinero tiene,puesto que vive en Ibiza.Y no para de viajar en todo el año.Que puedo hacer?’Gracias.Un saludo.
En un contrato de venta con pacto de retro, se firma que se abonará en el domicilio del acreedor y en metálico, para retrotraerla. Si el deudor cumple y paga, y el acreedor dice que no ha pagado, cómo se puede justificar eso.
Así perdió mi familia tierras. Y me gustaría encontrar la posibilidad de ese pago, de alguna forma, he pedido al archivo histórico del Banco de España, con la fecha, movimientos de haber sacado dinero de su cuenta, pero no se si eso servirá de algo.
Es legal establecer que el pago se hará en el domicilio y en metálico?