El juzgado de Primera Instancia Nº6 de Móstoles anula el contrato de la tarjeta revolving City Oro suscrito en 2013 en cuanto a los intereses remuneratorios convenidos por estimarlos, la Magistrada, usurarios, declarando así la improcedencia del cobro de dichos intereses y CONDENANDO a Wizink Bank a devolver a nuestro cliente la suma devengada en concepto de intereses remuneratorios a lo largo de toda la vida del contrato de la tarjeta revolving, cuantía que asciende hasta la fecha de presentación de la demanda a 4673,65€ más los que se hayan podido devengar hasta la fecha.

La Juez pide que se compense el dinero recuperado con la deuda que el cliente pudiera tener en este momento de las disposiciones de la tarjeta revolving que haya podido hacer el cliente y, para el supuesto en el que los pagos por intereses no fueran suficientes para compensar la deuda que pudiera tener nuestro cliente, deberá continuar abonando la citada deuda en la forma pactada, sin la aplicación de interés alguno.

Por otra parte, La Juez determina también la nulidad, por abusivas, de las cláusulas de la comisión por reclamación de cuota impagada, la comisión por emisión de duplicado de extractos y la cláusula de la comisión por exceso sobre el límite debiendo Wizink devolver a nuestro cliente la suma de 214 € que ha cobrado en concepto de aplicación de dichas cláusulas.

Además, habría que sumarle a las cuantías, los intereses legales y la imposición de la condena en costas procesales causadas.

Si tiene usted una tarjeta Wizink y quiere que uno de nuestros abogados expertos en derecho bancario se encargue de recuperarle todo el dinero pagado en concepto de intereses no dude en llamarnos.

Puede consultar la sentencia íntegra en el siguiente enlace:Sentencia Wizink Usura

Este sitio web usa cookies. Más información. ACEPTAR
Aviso de cookies
Share This