¿Qué es el complemento por maternidad-paternidad?

El artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social regula el complemento por maternidad en las pensiones contributivas, el cual reconoce a partir del 1 de enero de 2016 un complemento a aquellas mujeres que hayan tenido hijos, biológicos o adoptados, y sean beneficiarias en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.

La cuantía de dicho complemento se calcula mediante un porcentaje a aplicar a la pensión inicialmente concedida en función de los hijos que haya tenido el beneficiario antes del reconocimiento de la pensión contributiva:

  • En el caso de tener 2 hijos aumenta la pensión en un 5 por ciento.

  • En el caso de tener 3 hijos aumenta la pensión en un 10 por ciento.

  • En el caso de tener 4 o más hijos aumenta la pensión en un 15 por ciento.

¿Sólo se reconoce a las mujeres? ¿Qué ocurre con los hombres en las mismas circunstancias?

Como hemos dicho, se trata de un complemento otorgado exclusivamente a mujeres sin contemplar en ningún caso a los hombres que, cumpliendo la condición de haber tenido hijos, también fueran beneficiarios de pensiones contributivas.

A pesar de tratarse de una circunstancia prácticamente asimilable, independientemente del sexo del beneficiario, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) solo concede el complemento a mujeres. A priori esto podría ser considerado discriminatorio, puesto que la finalidad del complemento por maternidad, tal y como se indica en la propia ley, es premiar a las mujeres por su aportación demográfica a la Seguridad Social, obviando completamente a los hombres que con su descendencia han acometida la misma aportación.

Ante esta situación, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 12 de diciembre de 2019, asunto C-450/2018 se pronunció sobre ello, declarando discriminatorio el hecho de no conceder el complemento del artículo 60 TRLGSS también a los hombres que cumplían los requisitos exigidos por la ley a las mujeres, equiparando así el complemento entre hombres y mujeres favoreciendo la igualdad y no discriminación de ningún tipo por razón de sexo.

El Tribunal consideró que nuestra legislación vulneraba la Directiva 79/7/CEE, de 19 de septiembre de 1978, relativa al principio de igualdad entre hombres y mujeres en materia de Seguridad Social. De esta forma fue la jurisprudencia la que, una vez más, sirvió de herramienta para resaltar las posibles deficiencias en las que incurre la legislación que, en ocasiones, puede resultar desigual o discriminatoria, intentando evitar así que se produzcan situaciones injustas.

Puedes consultar la sentencia completa aquí:

http://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=221515&pageIndex=0&doclang=ES&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=22445022

¿Entonces, siendo hombre puedo reclamar este complemento?

Efectivamente, en consecuencia con lo dictaminado por la sentencia del TJUE aunque seas hombre deberías tener derecho a cobrar en tu pensión el complemento por maternidad si cumples los requisitos legales. No obstante, el INSS no ha aplicado la jurisprudencia europea de forma automática, argumentando que se debe cambiar la ley para aplicar dicha modificación, por lo que la única opción que existe actualmente para reclamar el reconocimiento de dicho complemento, así como los atrasos, sería acudir en última instancia a los tribunales una vez agotada la vía administrativa, puesto que en dicha instancia están siendo denegadas por la Seguridad Social.

En España varios han sido ya los Juzgados que han dado la razón a los padres que solicitan este complemento. En concreto, uno de los primeros en adoptar esta decisión fue el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en su Sentencia de 20 de enero de 2020 

http://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/0af7c9688e5d0f11/20200214

Por tanto, hasta que la legislación española se adapte a lo establecido por los tribunales europeos, si crees que podrías ser beneficiario de este complemento, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, que responderemos todas tus dudas y buscaremos las mejores opciones para tu caso concreto.

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