La custodia compartida será lo más habitual

custodia compartida

El número de solicitudes de «custodias compartidas« va en aumento y ya se otorgada casi en un 30% de los casos

En los último años, la custodia compartida ha tenido una gran evolución, no sólo a nivel legislativo, sino también jurisprudencial y práctico. En 2005, a raíz de la Ley 15/2005 de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, se introdujo por primera vez en el ordenamiento jurídico español la posibilidad de fijar una guarda y custodia compartida.

Los roles de la pareja

Tradicionalmente en España se otorgaba en la mayoría de los casos la custodia única a la madre, estableciendo un régimen de visitas al padre por razones culturales y sociales que en los últimos años ha ido evolucionado.

Hasta hace relativamente pocos años, la mujer ocupaba el papel protagonista de la educación de sus hijos y en muchos casos dejaba aparcada su carrera profesional o reducía su  jornada laboral para poder encargarse de sus hijos, y si se producía una separación o divorcio, se comprendía como la decisión más justa que el padre siguiera trabajando a jornada completa, y siguiera ocupándose de los gastos de manutención de sus hijos, pagando una pensión para alimentos, quien a cambio dedicaría más horas para ocuparse de los hijos, acompañarlos al pediatra, y atenderles de algún modo mejor que el «padre ausente».

Sin embargo, las circunstancias de las familias españolas han cambiado mucho en estos últimos años. La Ley 15/2005 ofrece la posibilidad de compartir la custodia entre ambos progenitores. La mujer ocupa ya puestos de trabajo con los mismos horarios y responsabilidades que los hombres, lo que convierte a la «custodia única» en muchos casos, en una medida injusta tanto para los padres, que no pueden pasar el tiempo que les gustaría con sus hijos, como para las madres trabajadoras, que tienen que asumir la carga casi total de la responsabilidad de la educación y crianza y sin duda, para los hijos que son siempre los más perjudicados.

La custodia compartida ofrece  muchas ventajas para todos los miembros de la familia tal como nos explican los propios implicados y nuestra experta en Derecho de Familia, Carmen Gutiérrez Cotrina.

Mayor equilibrio entre ambos progenitores

Partimos siempre de la base que lo que debe primar por encima de cualquier cosa es el interés del propio menor.Lo ideal para cualquier niño, siempre que sea posible, es poder disfrutar por igual del tiempo que pasa con su padre y con su madre, aunque esto, requiere un mayor esfuerzo de entendimiento por parte de los padres.

Los padres a su vez, suelen recuperarán cierta autonomía en los periodos que nos les corresponde estar al cuidado de sus hijos y los aprovechan disfrutando de su tiempo libre como mejor les parece (practicando algún deporte, viajando, viendo a sus amigos, disfrutando de tiempo para ellos solos…etc) y esto repercutirá a su vez positivamente en la crianza de los hijos que perciben a sus padres más relajados, más felices y les dedican un mayor tiempo de calidad cuando están con ellos.

Nuestros clientes nos cuentan su experiencia

«La semana que estoy con Pablete, me siento a hacer los deberes con él, vamos a montar en bici juntos los fines de semana y disfrutamos mucho juntos. La semana que estoy solo he retomado los partidos de fútbol con mis amigos, aprovecho para leer y descansar más y algunos fines de semana he vuelto a hacer senderismo.»

Jose Luis, 43 años

«Pedimos que revisaran nuestro acuerdo de separación en cuanto a la custodia de nuestros hijos. Yo me sentía desbordada al tener que encargarme sola de la educación de los niños y el fin de semana que Juan se quedaba con ellos les consentía todos los caprichos. Contradecía mis decisiones  y e hacía sentir que yo era siempre «la mala de la película» aquello me frustraba enormemente. Desde que tenemos la «custodia compartida» consensuamos todo lo referente a los gemelos y hemos visto como ésto les ha dado más seguridad y me respetan más. Además he vuelto a ir al gimnasio y tengo tiempo para salir a cenar con mis amigas. Estoy más relajada y rindo más en mi trabajo»

Laura, 41 años

Estos son algunos de los ejemplos de clientes que han pasado por Celtibérica Abogados y nos han contado sus vivencias.

Factores determinantes

  1. El código Civil, no contiene un listado concreto sobre los criterios para decidir si procede este tipo de custodia, sino que habrá que estudiar cada caso particular. Lo primero que habrá que considerar,, es si existe una relación cordial y de colaboración entre los padres ya que esta decisión implica que tengan un cierto grado de entendimiento.
  2. En segundo lugar, habrá que analizar la dedicación que han tenido los progenitores con sus hijos antes de separarse, la relación de los progenitores con el menor y los deseos que manifieste éste. Otro factor a tener en cuenta es el número de hijos que tienen en común ; el cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales y con otras personas que convivan en el hogar familiar; la situación del centro escolar; los acuerdos adoptados por los progenitores; la ubicación de sus respectivos domicilios, horarios y actividades de unos y otros, así como los informes aportados en el proceso judicial.

El juez, estudiará toda la información para poder hacer una valoración y decidir así lo que considere que es mejor para el o los niños.

Los gastos y la vivienda

Los turnos: Se acordarán los periodos que le corresponde a cada progenitor por semanas, meses, trimestres o, incluso por años. En algunos casos incluso se determina que la vivienda habitual del menor no varíe, siendo en este caso los padres, los que se alternen la casa en el periodo que no les corresponda la custodia de sus hijos.

Los gastos de manutención en el caso de custodia compartida los atenderá cada progenitor durante el periodo que conviva con el menor. Y los gastos extraordinarios, los deberán hacer frente de forma conjunta, generalmente al 50% cada uno, pero pueden darse casos en los que, o bien por acuerdo entre las partes pacten hacer frente a los gastos dividiendo el porcentaje en función de la renta de cada uno o bien por mandamiento judicial.

Si estás buscando asesoramiento para poder acordar con tu ex-pareja la custodia compartida de tus hijos, llama a Celtibérica Abogados sin compromiso y uno de nuestros abogados especializado en Derecho de Familia te ayudará a buscar la mejor solución para ti.

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