A comienzos de 2026, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado una sentencia de gran relevancia para los propietarios de viviendas de uso turístico (VUT) en la capital, al anular varias multas de 30.000 euros impuestas por el Ayuntamiento de Madrid.

La resolución judicial sienta un precedente clave al concluir que el Ayuntamiento tipificó incorrectamente la infracción, vulnerando el principio de legalidad sancionadora. Esta decisión abre la puerta a recurrir y anular sanciones impuestas en circunstancias similares.


¿Qué ha anulado exactamente el TSJM?

El TSJM ha declarado nulas las sanciones calificadas como infracciones graves, con multas de 30.000 €, impuestas a pisos turísticos en Madrid por carecer de acceso independiente desde la vía pública.

El tribunal considera que la Administración confundió dos conceptos jurídicos distintos:

  • Uso incompatible con el planeamiento urbanístico

  • Uso compatible sujeto a condiciones

Al aplicar erróneamente la primera categoría, el Ayuntamiento impuso sanciones que no se ajustaban a la normativa urbanística vigente, lo que determina su nulidad.


El error jurídico del Ayuntamiento: uso incompatible vs. uso compatible

La clave de la sentencia está en la incorrecta calificación del uso:

  • El Ayuntamiento trató determinadas VUT como usos urbanísticos incompatibles, lo que permitía imponer sanciones graves.

  • Sin embargo, el TSJM concluye que, en estos casos, se trataba de un uso compatible sujeto a condiciones, no de un uso prohibido.

Esto implica que no basta con la ausencia de acceso independiente para calificar la actividad como ilegal ni para imponer una sanción de tal gravedad.


Principio de legalidad sancionadora: fundamento de la anulación

El tribunal fundamenta su decisión en el principio de legalidad sancionadora, uno de los pilares del Derecho Administrativo sancionador.

En términos claros:

  • No se puede sancionar si la conducta no encaja de forma estricta en el tipo infractor previsto en la norma.

  • No cabe interpretación extensiva ni analógica en perjuicio del sancionado.

Al basar las multas exclusivamente en un requisito (acceso independiente) mal aplicado, la Administración incurrió en un vicio jurídico determinante.


Contexto: una sentencia que contrasta con la política restrictiva de 2025

Esta resolución resulta especialmente relevante porque contrasta con la línea seguida en 2025, cuando:

  • El Ayuntamiento impulsó el Plan RESIDE, con fuertes restricciones a las VUT en edificios residenciales.

  • Se dictaron sentencias que ordenaron el cierre de pisos turísticos por ruidos, molestias o afectación a la intimidad vecinal.

El TSJM no niega la potestad municipal de regular, pero exige rigor jurídico en la tipificación y sanción, marcando límites claros a la actuación administrativa.


¿A quién beneficia esta sentencia?

Esta decisión abre una vía clara de defensa para:

  • Propietarios de pisos turísticos multados con 30.000 € en Madrid.

  • Sanciones basadas únicamente en la falta de acceso independiente.

  • Expedientes donde se haya calificado la actividad como uso incompatible sin un análisis urbanístico correcto.

En muchos casos, aún es posible recurrir o solicitar la revisión de sanciones firmes, dependiendo de la situación concreta del expediente.


¿Qué recomendamos a los propietarios de VUT sancionados?

Desde un punto de vista jurídico, es fundamental:

  1. Analizar el expediente sancionador completo

  2. Verificar cómo se tipificó la infracción

  3. Comprobar si la multa se basó exclusivamente en el acceso independiente

  4. Valorar recurso contencioso-administrativo o vías de revisión

Cada caso debe estudiarse de forma individual, pero esta sentencia supone un argumento sólido y actual para la defensa.


Conclusión: un precedente clave en la defensa de pisos turísticos en Madrid

La sentencia del TSJM marca un antes y un después en las sanciones a viviendas de uso turístico en Madrid.
No elimina la regulación ni el control municipal, pero sí frena sanciones desproporcionadas y jurídicamente incorrectas.

Si has recibido una multa como propietario de una VUT en Madrid, ahora es el momento de revisarla con asesoramiento legal especializado.


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