En Celtibérica Abogados hemos logrado una nueva resolución extraordinaria: la exoneración definitiva de 1.500.000 euros en favor de un cliente cuya situación económica había llegado a un punto límite. Se encontraba atrapado entre embargos, reclamaciones constantes y una imposibilidad real de hacer frente a las deudas acumuladas.

Este caso refleja cómo la Ley de Segunda Oportunidad ofrece un camino legal, seguro y transparente para quienes, actuando de buena fe, necesitan comenzar de nuevo.

UN  PROCEDIMIENTO CONCURSAL SIN OPOSICIÓN DE LOS ACREEDORES

Una de las claves de este procedimiento fue la falta total de oposición por parte de los acreedores. Tras dictarse el auto que declaraba el concurso, el cliente presentó su solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho y se dio traslado a la administración concursal y a los acreedores.

Ninguno de ellos presentó alegaciones ni planteó incidente de oposición dentro del plazo establecido, lo cual reforzó de forma contundente la viabilidad del caso.

La administración concursal, además, emitió un informe favorable, respaldando la buena fe del deudor y la procedencia de la exoneración. Este apoyo técnico y jurídico resultó determinante para que el juez pudiera resolver con claridad a favor de nuestro cliente.

LA RESOLUCIÓN: EXONERACIÓN TOTAL DEL PASIVO

El Juzgado de lo Mercantil N.º 19 de Madrid dictó resolución concediendo la exoneración total del pasivo insatisfecho, lo que significa que nuestro cliente queda liberado de prácticamente todas las deudas generadas antes del concurso, incluidas:

•  Créditos vencidos y no vencidos.
•  Créditos aplazados anteriores a la solicitud de concurso.
•  Determinados créditos posteriores generados durante el procedimiento.
•  Créditos futuros derivados de ejecuciones hipotecarias sobre la vivienda habitual que excedan el privilegio legal.
•  Y lo más relevante: todas las deudas con Hacienda y Seguridad Social también quedaron exoneradas.

Con la resolución firme, el concurso quedó concluido y el cliente obtiene la posibilidad real de rehacer su vida financiera sin cargas.

UNA SEGUNDA OPORTUNIDAD REAL: IMPACTO PARA EL CLIENTE

La exoneración de 1,5 millones de euros supone para nuestro cliente el recuperar su estabilidad económica, salir de los listados de morosidad, recuperar el acceso a financiación en el futuro y cerrar un capítulo de años de presión financiera y embargos.

Este caso demuestra que la Ley de Segunda Oportunidad sí funciona, especialmente cuando se presenta correctamente, con un expediente sólido y una estrategia jurídica adecuada.

¿CUÁNDO PUEDES SOLICITAR LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD?

La ley está diseñada para ayudar a quienes, pese a su voluntad de cumplir, no pueden pagar sus deudas. Puedes solicitarla si eres:

• Persona física sin capacidad real de pagar tus deudas.
• Autónomo que arrastra obligaciones derivadas de su actividad.
• Quién actúa de buena fe que cumpla los requisitos de la ley.

El proceso permite incluso incluir deudas públicas, algo fundamental para quienes deben a Hacienda o Seguridad Social.

En Celtibérica Abogados analizamos cada caso de forma individual, diseñando la estrategia más efectiva para que el cliente pueda obtener la exoneración definitiva. Si estás agobiado por deudas, embargos o reclamaciones, te ayudamos a recuperar tu tranquilidad. Solicita un estudio gratuito de tu caso y descubre si puedes cancelar todas tus deudas.

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