bodas

El matrimonio es la unión de hombre y mujer, concertada mediante ciertos ritos o formalidades legales, para establecer y mantener una comunidad de vida e intereses. Los matrimonios internacionales requieren un tratamiento y gestión muy diferente a los matrimonios más habituales. Por ello, antes de contraer este compromiso, resulta interesante resolver las siguientes dudas:

¿Cuándo es válido un matrimonio internacional?

El título IV en su capítulo tercero del Código Civil está dirigido al matrimonio entendiendo que cualquier español podrá contraer matrimonio fuera o dentro de España:

  • ‘Ante el Juez, Alcalde o funcionario señalado por este Código.
  • En la forma religiosa legalmente prevista.
  • También podrá contraer matrimonio fuera de España con arreglo a la forma establecida por la ley del lugar de celebración’.

 

Las capitulaciones matrimoniales, ¿por qué son necesarias?

Ante un matrimonio con un régimen económico diferente al que rige en su Comunidad, es recomendable acudir al notario para realizar las capitulaciones matrimoniales, que son el contrato por el que se fijan las normas que regulan la relación económica del matrimonio, eligiendo entre régimen de bienes gananciales o separación de bienes.

 

¿Y si nos las hago?

El Código Civil establece como régimen económico el régimen de gananciales, por lo que si no se realizan capitulaciones matrimoniales ante notario para fijar otro, se aplicará este régimen.

 

Diferencias legales entre un país y otro

  • Los deberes y obligaciones de las parejas casadas, como sus bienes, sus obligaciones como padres o los apellidos.
  • Algunos países consideran el religioso equivalente al civil y otros no.
  • Los países de la UE que conceden la posibilidad de que las parejas del mismo sexo puedan casarse son: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Portugal, Suecia y Reino Unido (excepto Irlanda del Norte).

 

 

¿Y si me quiero casar fuera del territorio nacional?

En el caso de los españoles, podrán contraer matrimonio fuera de nuestro país con arreglo a la forma establecida por la ley del lugar de celebración.

 

¿Y si los contrayentes son extranjeros?

Si los contrayentes son extranjeros, podrá celebrarse el matrimonio en España con arreglo a la forma prescrita para los españoles o cumpliendo la establecida por la ley personal de cualquiera de ellos.

 

Nueva legislación: Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo

Esta normativa europea que se aprobó en el mes de febrero, facilita aplicar la legislación y decidir el tribunal más competente en cuestiones patrimoniales.

 

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