despido

El despido es aquella decisión unilateral del empresario según la cual pone fin a la relación laboral de un trabajador, según un procedimiento formal establecido en la Ley 36/11, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social. Es importante conocer qué hacer ante una situación como esta, sobre todo, para no perder ninguno de tus derechos.

  1. Solicita la carta de despido. El empresario tiene la obligación de comunicar el despido mediante la carta de despido acompañada del finiquito; ten en cuenta que el despido verbal es nulo.
  2. La firma. La notificación del despido no puede ser rechazada por el trabajador, en caso de hacerlo, el empresario podrá utilizar dos testigos que acrediten el intento de notificación; si el trabajador no está de acuerdo, debes firmar como no conforme y acudir a los servicios de un abogado laboralista. Es importante que verifiques que la copia que facilita la empresa sea idéntica a la tuya y que la fecha sea correcta.
  3. Verifica el tipo de despido, ya que dependiendo de eso, te corresponderán unos derechos u otros.
  4. Comprueba todos los conceptos del finiquito, que es la liquidación de las cuentas que tiene pendientes la empresa contigo; si te quedan días de vacaciones por disfrutar o alguna paga pendiente (incluida la de beneficios), deben hacer el cálculo de la parte proporcional hasta la fecha. Además, analiza si el cálculo de la indemnización es correcto, ten en cuenta que tan sólo tienes derecho a la indemnización si es un despido improcedente u objetivo y la cuantía depende de tu salario, la antigüedad en la empresa y el tipo de despido.
  5. El plazo para reclamar el despido es de 20 días desde la fecha de efectos del mismo. Si inicias esta gestión, ten presente que la papeleta de conciliación, trámite previo y obligatorio para interponer una demanda, sirve para que exista una negociación previa con el empresario en aras de evitar la vía judicial; tras la presentación de la papeleta, deberás acudir al Acto de Conciliación; si esta gestión no resulta exitosa, no cabe más remedio que acudir al Juzgado de lo Social e interponer una demanda.
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