Reclamar intereses abusivos en financiación de vehículos es posible gracias a la sentencia que da la razón a Celtibérica Abogados.
Uno de los errores más frecuentes a los que se enfrentan los consumidores es el cálculo incorrecto de la TAE (La Tasa Anual Equivalente). Muchas entidades financieras, a la hora de calcular la TAE omiten costes, seguros y comisiones, resultando en una falta de transparencia en los contratos, y dejando en situación de vulnerabilidad a los consumidores finales. En un nuevo golpe contra las prácticas abusivas en los préstamos al consumo, hemos conseguido una sentencia que permitirá a muchos afectados recuperar su dinero.
Esta historia empieza revisando un préstamo nos damos cuenta que el TAE aplicado no se corresponde con el TAE del contrato. El cliente había contratado un préstamo con una entidad financiera sin conocer realmente los costes ocultos que implicaba. “Con la información facilitada en el momento de contratar y el texto del propio contrato no podía conocer el coste real del préstamo, superior al que se le daba a entender mediante la indicación de una TAE que no se correspondía con la realidad” – según se desprende de la sentencia.
Nuestro equipo analizó su caso, y detectamos cláusulas abusivas y una falta de transparencia evidente en la aplicación de intereses, comisiones y seguros adicionales. Con toda la información, preparamos la demanda solicitando la nulidad del contratos y la devolución de las cantidades cobradas en exceso y la condena a costas a la entidad.
El Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Móstoles ha dado la razón a Celtibérica Abogados
De la mano de nuestra letrada Doña Raquel Laguna González y ha declarado la nulidad del contrato de préstamo, obligando a la entidad a devolver todas las cantidades cobradas en exceso. El demandante solo deberá reintegrar el capital prestado, sin ningún recargo adicional por intereses ni comisiones. Además, la entidad deberá pagar las costas del proceso.
Del fallo se desprende lo siguiente: se declara la nulidad del contrato de préstamo, con causa en la falta de transparencia y carácter abusivo del conjunto de cláusulas que determinan los costes del mismo. Por lo tanto, la demandante solo viene obligada a reintegrar a la demandada las cantidades que esta le hubiera entregado en concepto de préstamo, sin comisiones, intereses o seguro.
Adicionalmente, se condena a la demandada a reintegrar a la actora todas las cantidades que excedieran el total de 17.570 euros a que asciende el capital solicitado y recibido en concepto de préstamo, más los correspondientes intereses legales que se devengasen desde la fecha de interposición de la demanda. Se condena además al pago de costas causadas en esta instancia a la demandada.
Esta victoria marca un precedente y refuerza el derecho de los consumidores a reclamar la devolución de cantidades pagadas indebidamente en préstamos abusivos. Desde el equipo de Celtibérica Abogados, queremos animar a todos aquellos que se encuentren en una situación similar a informarse y asesorarse adecuadamente con profesionales del sector, y reclamar lo que es justo.
Este fallo judicial no solo beneficia a nuestro cliente, sino que también abre la puerta a cientos de personas a reclamar intereses abusivos en financiación de vehículos, consolidando la lucha contra los abusos bancarios y protegiendo una vez más, los derechos de los consumidores.