El Juzgado de Primera Instancia Nº5 de Sabadell anula la cláusula 3ª Bis (IRPH) del contrato hipotecario y obliga al banco a recalcular el préstamo hipotecario debiendo restituir al cliente lo cobrado de más desde el inicio del préstamo hipotecario.
El Juez considera que la cláusula que referencia el préstamo hipotecario al Índice de Referencias de Préstamos Hipotecarios del Conjunto de Entidades de Crédito (IRPH Entidades), no cumple con el control de transparencia puesto que fue impuesta de forma unilateral por el BBVA sin que al cliente le ofrecieran otra opción.
Por otra parte, la sentencia anula la cláusula de limitación de variabilidad de tipo de interés (Cláusula Suelo) debiendo la entidad financiera dejar de aplicarla y devolver las diferencias cobradas de más por la aplicación de dicha cláusula.
La sentencia también anula las cláusulas de vencimiento anticipado e intereses de demora al mismo tiempo que la cláusula de imputación de los gastos de constitución de la hipoteca.
Todo esto, con expresa condena en costas a la parte demandada (BBVA).
La sentencia no es firme y cabe recurso.
En el siguiente enlace podrá verla íntegramente en el siguiente enlace: Sentencia IRPH BBVA