mujer

Ya en 1981, se conmemoraba en Latinoamérica cada 25 de noviembre el día contra la violencia de género. En honor a las dominicanas Minerva, Patria y María Teresa Mirabal, tres hermanas asesinadas el 25 de noviembre de 1960 por orden del dictador Rafael Leónidas Trujillo, del que eran opositoras. Años más tarde, en 1999, la ONU se sumó a la jornada reivindicativa y declaró esta fecha como Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, en horno a las hermanas Mirabal.

La violencia de género es un tipo de violencia física o psicológica ejercida contra las personas basada en su sexo o género que impacta de manera negativa en su identidad y bienestar social, físico, psicológico o económico. De acuerdo con la ONU, el término se utiliza ‘para distinguir la violencia común de aquella que se dirige a individuos o grupos sobre la base de su género’, constituyéndose en una violación de los derechos humanos.

En España

El delito de violencia de género se configura dentro del Código Penal dentro de los delitos contra la integridad personal, y se configura como aquellos hechos cometidos contra la mujer bien utilizando la fuerza física o forzándola a la misma para realizar una acción no querida: es la utilización de la fuerza física o psíquica contra la mujer con la finalidad de forzar su voluntad con un objetivo no querido por la misma. La violencia familiar y de género, es algo más extenso, en ella se pueden incluir tanto a la mujer como a los menores o también enfermos y por supuesto a los ancianos. Es conveniente citar los siguientes delitos:

  • El delito de lesiones leves o maltrato.
  • El delito de lesiones.
  • El delito de amenazas leves.
  • El delito de coacciones leves.

Tal y como se ha indicado anteriormente, este concepto incluye una variedad de actitudes y actuaciones que pueden dañar a la persona desde diferentes dimensiones.  Dentro de la violencia de género podemos encontrar los siguientes tipos de violencia:

  • Violencia física. Se considera todo aquel acto en que se inflige un daño físico, temporal o permanente, a la víctima a través de agresión directa.
  • La violencia psicológica se caracteriza porque la víctima se ve humillada, minusvalorada y atacada psicológicamente. Dicho ataque puede ser directo y realizado activamente en forma de insultos y vejaciones o bien llevado a cabo de un modo más pasivo.
  • Violencia sexual referida concretamente a aquel tipo de situaciones en que una persona es forzada o coaccionada para llevar a cabo actividades de índole sexual en contra de su voluntad, o bien en que la sexualidad es limitada o impuesta por otra persona.
  • La violencia económica se basa en la reducción y privación de recursos económicos a la pareja o a sus hijos como medida de coacción, manipulación o con la intención de dañar su integridad.
  • Se considera violencia patrimonial la usurpación o destrucción de objetos, bienes y propiedades de la persona víctima de violencia con intención de dominarla o producirle un daño psicológico.
  • La violencia social se basa en la limitación, control y la inducción al aislamiento social de la persona.
  • Violencia vicaria. Un gran número de parejas en las que se produce violencia de género tienen hijos, En muchas ocasiones el agresor decide amenazar, agredir e incluso matar a dichos hijos con el propósito de dañar a su pareja o expareja.
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